El próximo 31 de julio de 2025 vence el plazo legal para que los propietarios de vehículos en Guatemala cumplan con el pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV), correspondiente al presente año fiscal. Esta obligación tributaria está regulada por la Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos, Decreto 70-94, que establece con claridad que el pago debe realizarse dentro del período comprendido entre el 1 de enero y el último día de julio. Hasta el momento, no existe ninguna prórroga oficial que extienda ese plazo.
Con la fecha límite a la vista, las autoridades tributarias han reiterado la importancia de cumplir con esta obligación para evitar sanciones y contratiempos. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) recordó que quienes no realicen el pago a tiempo se exponen a una multa equivalente al 100 % del valor del impuesto, además de intereses moratorios diarios. Esta sanción puede reducirse hasta un 25 % si el pago se efectúa de manera voluntaria antes de que sea notificada formalmente cualquier acción administrativa.
Si no se abona el impuesto en un periodo de tres años consecutivos, el automóvil corre el riesgo de ser desactivado en el sistema y perderá el permiso para transitar legalmente. Este procedimiento pretende promover la responsabilidad fiscal y también actualizar el registro vehicular nacional, el cual todavía tiene inscripciones de vehículos que no están en uso.
Al 2 de julio, solo un 39 % del parque vehicular guatemalteco estaba solvente con el pago del impuesto. Este porcentaje representa más de 1.6 millones de vehículos. El 61 % restante aún no había cumplido con su obligación, lo que ha generado cierta preocupación entre las autoridades por el posible colapso en las plataformas de pago durante los días finales del mes.
Hasta esa misma fecha, la SAT reportó una recaudación de aproximadamente Q524 millones, lo que representa un 42.7 % de la meta anual establecida. El organismo ha intensificado su campaña informativa para instar a los contribuyentes a evitar las largas filas bancarias y los errores de última hora.
El procedimiento para efectuar el pago del ISCV es completamente digital y se realiza a través de la plataforma Declaraguate. El usuario debe ingresar el número de placa del vehículo y el NIT o CUI del propietario, llenar el formulario SAT-4091, validarlo, congelarlo y generar la boleta SAT-2000 para efectuar el pago. Este puede hacerse en línea o a través de agencias bancarias autorizadas. Una vez cancelado el monto, se debe imprimir la calcomanía digital que certifica la solvencia del vehículo.
Pese a que en años anteriores se ha aprobado una extensión del plazo para pagar el impuesto —como ocurrió en 2024—, hasta el momento no se ha emitido ningún decreto que respalde una prórroga para 2025. Si bien en el Congreso de la República circulan iniciativas que proponen ampliar el periodo hasta el 30 de septiembre, estas aún no han sido aprobadas, por lo que el 31 de julio sigue siendo la fecha oficial vigente.
Las autoridades hacen un llamado a los propietarios de vehículos para que no esperen hasta el último momento, considerando que el sistema digital y los bancos suelen enfrentar alta demanda en los últimos días del mes. Además, se recomienda verificar que no existan multas o pendientes por infracciones de tránsito, ya que estas pueden impedir la emisión de la calcomanía correspondiente, incluso si el impuesto ha sido pagado.
Cumplir con esta responsabilidad fiscal no es solamente una exigencia legal, sino que también ayuda a los conductores a mantener su automóvil conforme a las normativas, prevenir problemas en controles de seguridad y colaborar con el presupuesto nacional. La SAT junto con otras autoridades del gobierno, ha insistido en que no habrá excepciones si el abono no se efectúa en el tiempo estipulado.